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Gran Acuerdo por el Trato Igualitario

En el marco del Gran Acuerdo por el Trato Igualitario, se hace un llamado a implementar acciones con enfoque antidiscriminatorio ante COVID-19

Ante la epidemia del COVID-19, el Gran Acuerdo por el Trato Igualitario –red de empresas que promueven la diversidad e inclusión- hace un llamado a implementar acciones en el sector privado para la promoción y respeto del derecho a la salud y a la vida de las personas trabajadoras.

El Gran Acuerdo por el Trato Igualitario (Gran Acuerdo) es una plataforma de enlace entre el Gobierno de la Ciudad de México, a través del Consejo para Prevenir y Eliminar la Discriminación de la Ciudad de México (COPRED), y el sector privado para impulsar una perspectiva de derechos humanos, inclusión y no discriminación en las empresas que lo suscriben.

Ser parte del Gran Acuerdo implica analizar políticas internas para identificar presuntas prácticas y conductas discriminatorias (directas o indirectas), capacitar a personal de nivel gerencial en el tema, adoptar una nueva política de inclusión laboral y no discriminación, y comprometerse a impulsar más acciones en conjunto con el COPRED. Esto para promover un cambio de cultura y corresponsabilidad con los derechos humanos y la no discriminación en el ámbito privado.

El 31 de marzo se publicó en el Diario Oficial de la Federación un Acuerdo por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2(COVID-19), en el que se decreta la suspensión inmediata de actividades no esenciales[1] del 30 de marzo al 30 de abril (y ahora hasta el 30 de mayo), así como el resguardo domiciliario voluntario de toda la población y estricto para personas con mayor riesgo sanitario de contagio.

Es decir, el cuidado de la salud de las personas empleadas que se encuentran en mayor riesgo, como aquellas mayores de 60 años, con enfermedades crónicas o mujeres embarazadas, quienes deben estar en resguardo domiciliario independientemente de su actividad laboral.

El Gran Acuerdo por el Trato Igualitario hace un llamado a impulsar una perspectiva antidiscriminatoria en la implementación de medidas de prevención en el ámbito laboral, que tomen en cuenta lo siguiente:

  • La protección de la salud y demás derechos laborales de colaboradoras y colaboradores.
  • El sector privado debe tomar medidas que protejan a las poblaciones con mayor riesgo, como personas mayores de 60 años de edad, embarazadas o con diagnóstico de hipertensión arterial, diabetes mellitus, enfermedad cardíaca o pulmonar crónicas, inmunosupresión (adquirida o provocada), insuficiencia renal o hepática.
  • Proteger los derechos humanos de las y los colaboradores para promover ambientes laborales sanos y productivos, que procuren el compromiso y sentido de pertenencia.
  • Transmitir a las personas empleadas la importancia de cuidar la salud física y mental, así como la de quienes les rodean.
  • Para ello, es necesario respetar las medidas emitidas por los gobiernos y garantizar el bienestar de las personas de los centros laborales ante la pandemia.
  • Ante la situación que se vive en el país, garantizar la permanencia en el empleo y la justa remuneración al personal, para transmitir seguridad y bienestar a las personas y sus familias.
  • Es indispensable la participación de todas las personas empleadas en la implementación de las medidas de cuidado ante la pandemia.

Recomendaciones para las empresas que pertenezcan al sector esencial, mismas que podrán ser implementadas en la medida de las posibilidades de cada empresa y giro:

  • Implementación del teletrabajo o trabajo en casa como medida principal para las personas cuya actividad laboral se los permita.
  • Aislamiento obligatorio para población con mayor riesgo: personas mayores de 60 años de edad, embarazadas o con diagnóstico de hipertensión arterial, diabetes mellitus, enfermedad cardíaca o pulmonar crónicas, inmunosupresión (adquirida o provocada), insuficiencia renal o hepática.
  • Adecuación de medidas que promuevan el cuidado de la salud mental de las personas que están en cuarentena. Por ejemplo, comunicación constante de consejos para estar en casa, seguimiento a equipos de trabajo o implementación de canales de comunicación para la atención psicológica.
  • Implementación de medidas de cuidado, sana distancia y trabajo remoto con clientes y proveedores. Esto puede incluir atención diferenciada a grupos vulnerables, servicio a domicilio, respeto a la sana distancia en sucursales abiertas al público, así como la priorización de atención vía telefónica o por plataformas digitales.
  • Difusión constante, a través de los medios de comunicación de la empresa, de información verificada sobre la epidemia: boletines informativos por correo, grupos de chat y/o campañas sobre el tema. Implementación de prestaciones adicionales para colaboradores, como el adelanto de pagos de nómina, apoyos económicos o en especie para población vulnerable, provisión de servicios médicos en las instalaciones que sigan operando o a distancia, entre otras.
  • Incremento en medidas de saneamiento en las instalaciones que, por ser actividades esenciales, no pueden parar. Por ejemplo, toma de temperatura al ingreso y egreso de instalaciones, entrega de kits de limpieza personal para colaboradores, limpieza constante de áreas de trabajo, reducción de actividades presenciales con grupos y el respeto a la sana distancia en las áreas de trabajo.
  • Garantizar la remuneración a todas las personas empleadas durante esta contingencia, independientemente de si realizan trabajo remoto, no pueden laborar o no van físicamente a la empresa.

En el caso de empresas cuyas funciones pertenezcan al sector NO esencial, se recomiendan las siguientes acciones, para ser implementadas en la medida de las posibilidades de cada empresa y giro:

  • Realizar teletrabajo o trabajo en casa para todas las personas que laboran en dichas empresas, para quienes sea posible, o suspender actividades en caso de que no puedan realizarlas de manera remota.
  • Uso de comunicación no presencial para proveer servicios, como chats, redes sociales, correo electrónico, entre otras.
  • Proporcionar a las personas empleadas consejos para sobrellevar el aislamiento y cuidar la salud física y mental.
  • Comunicar información constante sobre las medidas ante la contingencia y certeza laboral.
  • Garantizar la justa remuneración a empleados y empleadas durante esta contingencia y, en caso de que los ingresos no lo permitan, buscar formas que permitan que el personal no quede sin ingresos.

Además de las medidas establecidas por las autoridades sanitarias frente a las personas consideradas con alto riesgo sanitario de contagio, es importante implementar las necesarias para los grupos en situación de vulnerabilidad: personas que históricamente, por razones socio-económicas y culturales, han sido discriminadas, y pueden enfrentar impactos diferenciados o de mayor magnitud que el resto de la población. El contexto de la contingencia profundiza las brechas en torno a su pleno acceso a las políticas de prevención, atención médica, bienes y servicios de salud, y a los demás derechos económicos, sociales y culturales, entre ellos, el del trabajo.

El papel de las empresas para considerar un enfoque diferenciado resulta de la más alta relevancia para así, tener mejores respuestas inclusivas ante la emergencia sanitaria vigente.

Ante la situación mundial frente al COVID-19, el Gran Acuerdo por el Trato Igualitario hace un llamado a crear conciencia de que existen muchos retos para garantizar, respetar y promover el derecho a la no discriminación en el ámbito laboral. En este sentido, es necesario cuidar el empleo y a las personas trabajadoras, con respeto a los derechos humanos y para sostener, en la medida de lo posible, la producción de insumos necesarios para que el país y la Ciudad de México no se detengan.

*Scotiabank, Bodas LGBTTTI La Expo, Lubrizol, HSBC, Ar. Consultoría, Dow, EY, Sodexo Beneficios e Inventivos, Sekura, Yolitzi Artesanal, Pentafon, Grupo Regional de Farmacias Productivas, Medix, Pfizer, integrantes del Gran Acuerdo por el Trato Igualitario, compartieron con el COPRED las buenas prácticas que llevan a cabo frente a la pandemia del COVID-19, las cuales sirvieron como base para la construcción de las recomendaciones de este comunicado

Consulta el Acuerdo por el cual se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2(COVID-19) aquí : https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5590914&fecha=31/03/2020